Aerolíneas Argentinas y Latam Airlines informaron este viernes a las agencias de turismo que comenzarán a emitir pasajes en dólares de modo de que los pasajeros, al pagarlos en esa moneda, puedan evitar tributar el 30% correspondientes al impuesto PAIS.
De acuerdo con la ley de Solidaridad Social y Reactivación Económica el impuesto PAIS rige para los pasajes internacionales de todas las líneas aéreas, pero el gravamen no se aplica si el consumo se cancela en moneda extranjera.
En la actualidad los pasajes al exterior disponibles en las páginas de internet están tasados en pesos por lo que el impuesto se aplica. En este caso, mediante agencias de viaje, se podrá obtener pasajes en dólares consignó ámbito.com.
Para saltear el impuesto, Aerolíneas Argentinas y Latam Airlines habilitaron el trámite para que las agencias de viajes puedan emitir los tickets en dólares, de modo que los pasajeros puedan comprarlos por esa vía sin el recargo del tributo.
En un comunicado, Latam informa a las agencias que desde el 23 de enero (desde ayer) la empresa “habilita las emisiones en dólares vía BSP”. Este sistema (Billing and Settlement Plan) permite que las agencias puedan emitir los tickets en dólares.
“En estas emisiones en dólares no se cobra el Impuesto PAIS, es decir no se aplica el 30% de recargo”, explica. En cuanto a los requisitos aclara que es necesario el CUIT, CUIL o pasaporte de comprador. Y sobre el final recuerda que “si la emisión es en moneda dólar, el pago en BSP debe ser en la misma moneda”.
Aerolíneas Argentinas se sumó y emitió también un comunicado para las agencias con similares características. “A partir de hoy, jueves 23 de enero de 2020, se encuentran habilitadas las emisiones de pasajes en dólares para Aerolíneas Argentinas”, sostiene.
La aerolínea de bandera recuerda según la ley 27.541 las emisiones en dólares no se encuentran alcanzadas por el impuesto PAÍS, por lo que el mismo se deberá excluir en las emisiones de pasajes efectuadas en esa moneda. Al igual que la otra aerolínea, aclararon que “todas las emisiones en moneda dólar deberán ser abonadas por las agencias en esa misma moneda en la cuenta del banco compensador del BSP”.