La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este lunes la comercialización de una marca de aceite de girasol.
Así lo asegura la disposición 1532/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial, establece la prohibición de “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de Girasol, marca Ybarra, RNPA 02-146234 Elaborado por RNE 02-0007188”, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
Además prohíbe “la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el registro sanitario de RNE N° 02-0007188 por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNE inexistente, resultando ser en consecuencia ilegales”.
Ante ello, y “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República” y que “en atención a las circunstancias detalladas”.