Un fiscal aseguró que la posibilidad de una docente, cuyo marido es de riesgo, se contagie de coronavirus Covid-19 es “conjetural” y se pronunció por rechazar un amparo presentado para que se suspenda su obligación de prestar tareas de forma presencial en colegios de enseñanza primaria.
A pesar del dictamen fiscal, la jueza a cargo del Juzgado N° 6 del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Patricia López Vergara, ordenó continuar con la tramitación del amparo de la docente contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
La mujer pidió que se ordene al GCBA arbitrar los medios necesarios a fin de que se la vacune contra el coronavirus Covid-19; y que se suspenda –en forma provisoria y excepcional hasta la vacunación– su obligación de prestar tareas de forma presencial, sin perjuicio del trabajo remoto o a distancia. También que se establezca el canal de acceso a la vacunación contra el Covid-19.
En su amparo, la docente explicó que su cónyuge, también profesor, padece de esclerosis múltiple lo que lo hace un paciente de alto riesgo ante posible contagio de Covid-19. Afirma que si bien aquel se encuentra dispensado de realizar tareas presenciales, ella no cuenta con idéntica eximición.
La docente tilda de “arbitraria, irrazonable e ilegal la decisión del Ministerio de Educación de la CABA de no otorgar dispensa a docentes que conviven con una o más personas de alto riesgo ante contagios y aduce que ello conculca su derecho a la igualdad pues a estudiantes sí se les reconoce dicho permiso”.
El fiscal que actuó manifestó que la actora como docente pertenece a uno de los primeros grupos en orden de prioridades que se establece en el registro abierto por el GCBA. Pero que “el posible contagio de la actora o de su familia no resulta un daño actual sino “conjetural”, por lo que entiende que dicha circunstancia impide tener por configurados los requisitos que justifican la vía escogida para tramitar la pretensión”.
Así, el Fiscal propone sin más el rechazo in limine de la acción en el entendimiento de que no se encuentra configurada una ilegalidad y arbitrariedad manifiesta
La docente, que presta tareas en la Escuela Ricardo Rojas D.E. 16 y en la Escuela Congreso de Tucumán Intensivo en Nuevas Tecnologías D.E. 16, ambas de educación primaria, subrayó que el GCBA “no respetó el orden de vacunación de la población prioritaria conforme el “Plan estratégico para la vacunación” por lo que incurrió en una omisión a su obligación de garante de su derecho a la salud y de su familia, en su doble calidad de Estado y empleador”.
La jueza López Vergara consideró que debe tramitarse el amparo y corrió traslado de la demanda al gobierno porteño para que se exprese. “Se pretende resguardar los derechos a salud y a la vida de la actora y su cónyuge quien se halla en una posición desventajosa a raíz de su enfermedad de base”, sostuvo la magistrada.