La Ministra de Mujer, Género y Diversidades de la Nación, Elizabeth Gómez Alcorta, habló sobre el caso de la sanjuanina a la que su ex pareja intentó impedirle que abortara. La funcionaria dejó en claro que no hay dudas sobre que la mujer tenía “autonomía para decidir”, distinto a lo que consideraron los jueces de la Sala III de la Cámara Civil, que dieron lugar a una cautelar del hombre que quería obligarla a continuar con la gestación.
En una entrevista a una radio sanjuanina, Gómez Alcorta contó que estuvo en contacto con la mujer a través de su abogado incluso antes de la presentación que hicieron este sábado ante los Tribunales locales. A pesar de esto, aclaró, “no es necesaria la intervención de un ministerio, cualquier persona en Argentina tiene que saber que tiene el derecho a reclamar este derecho”.
La funcionaria dijo que no opinará sobre el fallo que firmaron los jueces Juan Carlos Pérez, Juan Carlos Noguera y Sergio Rodríguez. Pero sí insistió en que “no hay margen de duda” y explicó que en los dos únicos casos en los que se piden consentimientos a terceros son “personas que tienen algún tipo de discapacidad, pero no todas, y menores de edad. Esto teniendo en cuenta que incluso en el caso de niñas, lo que digan los mayores de edad o tutores no suplen el consentimiento de la niña”.
Gómez Alcorta también dijo que “en nuestro fuero interno tenemos el derecho a disentir o no compartir el espíritu de las leyes, no que no se puede decir es que no es clara una ley que es clarísima”. Además, aclaró que no se han dado otros argumentos como el del esposo de la sanjuanina en todo el país y agregó son “bastante atípicos” incluso en otros países.”No creo que quede un precedente”, opinó.
Las únicas medidas judiciales de las que tienen constancia son de “pedidos de inconstitucionalidad”, que no han avanzado hasta el momento pero no descartan que se puedan definir en la Corte Suprema de Justicia.
Sobre el caso, dijo que “tiene varias aristas, hay una obra social que intervino y habrá que evaluar si fue una buena o mala intervención y en caso de que sea mala, si puede constituirse como una obstaculización”. Esto explicó es porque la ley plantea penas en caso de que alguien tome acciones conscientes para impedir o demorar una IVE, ya que se considera un delito. Justamente en este sentido el abogado de la mujer, Reinaldo Bedini, ya pidió llevar el caso completo a la Fuero Penal para investigar si hubo un accionar ilegal tanto por parte de la Obra Social Provincia como del esposo de su clienta.
En cuanto al accionar de los jueces, consultada sobre si podían entrar en la definición de personas que obstaculizaron la práctica, Gómez Alcorta no quiso emitir una opinión pero dijo que habría evaluar y también probar que la institución, el tribunal de la Sala Tercera, intentaron obsturir o dilatar la práctica.