La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), que desde esta semana tiene nuevas autoridades, prohibió la comercialización de varios productos alimenticios: budines, galletitas, cacao orgánico, aceite de nuez, aceite de girasol y un mix de especias. Lo hizo a través de seis disposiciones publicadas este jueves en el Boletín Oficial.
La disposición 176/2020 prohibió la comercialización del aceite 100% girasol marca “El Sol”. La medida se justificó “por estar falsamente rotulado, indicar números de registro de establecimiento y de producto inexistentes”.
En tanto, la disposición 176/2020 prohibió la comercialización “de los productos rotulados como: ‘Cacao Nibs Raw y Orgánicos’, marca Prana, producto de Ecuador y ‘Bayas de Goji Orgánicos’, marca Prana, producto de China”.
En sus fundamentos, el texto señala que el primer producto no consigna “identificación del titular (razón social; número de RNE; dirección), denominación, identificación del lote, número del Registro Nacional de Producto Alimenticio y además en el rótulo figuraban leyendas y logos no autorizadas por la normativa”.
La ANMAT prohibió el aceite 100% girasol, “El Sol”.
Además de esas fallas, las bayas de Goji no se encuentran contempladas en el Código Alimentario Argentino.
Otros productos observados por la ANMAT son el “Aceite de Nuez, PureWalnutOil, Omega 3-6-9 y vitaminas” y “Aceite de Nuez Frutado, PureFruityWalnutOil. Omega 3+6+9 y vitaminas” de la marca “Vita Nuss”.
En estos casos, “no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado”. Además, utilizan el símbolo de Alimento Libre de Glute sin estar registrado como tal.
Por su patre, la disposición 178/2020 prohibió la comercialización en toda la Argentina de los siguientes productos: “Budín sabor chocolate relleno con dulce de leche y mousse sabor chocolate cubierto con baño de repostería y chips de chocolate”, RNPA: 02-577188 nombre de fantasía: Budín Delicias, Lote: L47 33, marca: Nevares, Vencimiento: 01/04/2019, RNE: 02-031531; “Mini torta sabor chocolate con dulce de leche y mousse sabor a vainilla cubierta con baño de repostería”, RNPA N° 02578902, marca Para Ti, RNE: 02031531, Lote L28 62/1, Vencimiento: 27-06-19; “Galletitas dulces rellenas con dulce de membrillo”, marca: Aires de Luján, nombre de fantasía Pastafrola, RNE: 02-031531 RNPA: 02-593287, fecha de vencimiento: 29/07/2019 lote: L 44 62; y “Galletitas dulces con membrillo”, marca: Aires de Lujan, nombre de fantasía: Pepas con membrillo, RNE: 02-030718, RNPA: expte. 2906- 17774/17, fecha de vencimiento: 24/06/2019, lote: L 39 13.
La explicación es que sobrepasa los límites de ácidos grasos trans, según las especificaciones del artículo 155 tris del Código Alimentario Argentino (el 2% del total de grasas en aceites vegetales y margarinas; el 5% del total en los otros alimentos).
La ANMAT prohibió la comercialización de una variedad del budín Delicias de Nevares.
Por último, la ANMAT prohibó la comercialización del “Mix de Especias, 7 Especias, Tridosha – Mayadevi”, por no tener autorización para elaborar alimentos libres de gluten y por utilizar ese símbolo sin estar registrado.