A partir del 17 de enero de este año, entró en vigencia la ley de aplicación del nuevo Código Procesal Penal que amplió la competencia de Flagrancia y que permite su intervención en casos de violencia de género. Es por ello que en tiempo récord y entre 24 y 48 horas, los violentos son condenados por la justicia sanjuanina.
Si bien recién han transcurrido 10 días desde su adaptación al fuero, el fiscal coordinador Daniel Guillén explicó que ya más de una decena de casos han sido tratados y que todos ellos terminaron con una condena. Es que los hombres que son detenidos por lesiones leves agravadas por el vínculo, el nuevo delito que abarca Flagrancia, siempre que haya pruebas en su contra, sí o sí son condenados.
“Antes de esta legislación, este tipo de casos eran de competencia correccional. Ahora pertenecen a Flagrancia”, manifestó.
Las penas pueden ser de cumplimiento efectivo o condicional y son desde 6 meses hasta 2 años, “siempre que se acrediten las pruebas de ese delito”, indicó Guillén, quien aseguró que el procesamiento exprés está encaminado a una marca inaudita en la justicia sanjuanina.
En ese sentido destacó la directiva del Fiscal General Eduardo Quattropani, que resolvió eliminar el beneficio de suspensión de juicio a prueba -es decir la probation- para los culpables de violencia de género, una resolución judicial “más humana” que concede la libertad y que tiende a evitar las consecuencias negativas del encarcelamiento.
El primero de los casos de violencia de género que se resolvió con una condena fue el del boxeador Carlos Sardínez, aunque el episodio que protagonizó el púgil tuvo otros condimentos que agravaron su pena. Fue por ello que recibió tres años de prisión condicional.
Entre las posibilidades de castigo, el representante del Ministerio Público que dialogó con Tiempo de San Juan sostuvo que la pulsera electrónica es una de las alternativas. Sin embargo, hasta el momento no se han otorgado. “Seguramente se aplicará en casos extremos, esto es un día a día”, agregó.
Dada la libertad que se le concede al acusado en algunas oportunidades, además de la pena, la justicia flagrante fija medidas de protección para la víctima, como la prohibición de acercamiento de todo tipo -física o digital-, excluir al violento del domicilio que comparte con la damnificada y reasignarle uno nuevo, entre otras medidas cautelares.