A través de un decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno modificó la forma de calcular los montos y los intereses de las indemnizaciones por accidentes de trabajo, incapacidad laboral definitiva o fallecimiento del trabajador. “El mantenimiento del esquema actual provocaría un inminente desfinanciamiento del sistema con impacto en la solvencia de las aseguradoras y, en definitiva, en los trabajadores, beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social”, se explica en el texto del decreto.
Hasta el momento, el cálculo del “ingreso base” del trabajador, lo que permite luego determinar el monto de las indemnizaciones se realizaba según la tasa activa de los bancos. Pero a partir de ahora, se pasará a utilizar la variación del índice Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
La tasa anual del Banco Nación es del 71,77% y la tasa efectiva es del 100,82%, mientras que el RIPTE durante todo 2018 fue de 30,6%. Por lo tanto, los montos finales se reducirán considerablemente.
Las ARTS cobran su fee o cuota en base al crecimiento de la masa salarial y de ninguna manera pueden cubrir indemnizaciones con mas del 100% de actualización anual
“Se estaban aplicando tasas superiores al 100% en la actualización de los juicios, lo que incentivaba la litigiosidad. Había una cantidad de variables que se usaban desde febrero de 2017 que se desmadraron totalmente. Entonces se trató de ponerlo en una situación razonable. Las ARTS cobran su fee o cuota en base al crecimiento de la masa salarial y de ninguna manera pueden cubrir indemnizaciones con mas del 100% de actualización anual”, explicó a Infobae, Gustavo Darío Morón, superintendente de Riesgos del Trabajo.
Las indemnizaciones laborales (por accidente o fallecimiento) se calculan de acuerdo al salario del trabajador. El funcionario puso un ejemplo: al aplicar la tasa activa a un sueldo de $42.000 se pasa a calcular la indemnización por un sueldo de $73.000. “Esta distorsión se convierte en un estímulo para litigar, que es lo que se estaba corrigiendo con la Ley de ART. Esta desproporción provoca una desfinanciación del sistema, que lo tenés que volver a financiar a partir de la suba de la alícuota, lo que perjudica a las pymes y como consecuencia al empleo”, agregó Morón.
La nueva forma de cálculo implica un descenso en el monto total que percibirán los trabajadores
El sistema de ART abarca a unos 10 millones de trabajadores. En 2017, el Congreso aprobó una reforma del sistema que se aplicó en la ciudad de Buenos Aires y 14 provincias. De acuerdo con los datos de la superintendencia, la adhesión a esta ley provocó bajas de hasta 70% en la cantidad de demandas en distritos como la ciudad de Córdoba y la provincia de Buenos Aires. En 2016, se iniciaron 127.500 demandas; en 2017, fueron 130.500; mientras que en 2018, con la aplicación de la ley, cayó a 80.000. “Esta baja de juicios se estaba estancando porque al ser tan alta la tasa, a la industria del juicio le convenía quedarse en una tasa del 100 %”, agregó.
Fuentes del sector asegurador destacaron que el actual sobrecosto es desproporcionado y atenta contra la vida del sistema. “No hay prima, ni rendimientos de inversión posible para financiar tal desfasaje. Ni aún las Leliqs, por nombrar un activo conocido por su muy alta rentabilidad, que alcanzó rendimientos 25% menores que la tasa activa aplicada a las indemnizaciones de accidentes de trabajo”, señalaron.